REGLAMENTO COMEDOR COMUNITARIO

04.12.2010 07:30

COMPAÑER@S:
 Ya iniciamos el dia 3 con la Comida, y a partir de hoy dia 4, daremos las tres comidas del dia, procurando extender el beneficio lo mas que podamos.
jeje. Al cabo las compañeras voluntarias ya estan acostumbradas a estirar el gasto diario lo mas que puedan pa que rinda.
NO SEREMOS RESTRICTIVOS. EL APOYO SERA ILIMITADO PARA TODO EL QUE LO NECESITE, PERO SI REQUERIMOS QUE LOS COMPAS QUE PUEDAN SUFRAGAR EL COSTO DE RECUPERACION, LO HAGAN PARA SI PODER BENEFICIAR A LOS QUE VIENEN APENAS CON LO LIMITADO PARA SUS GASTOS.
ASI MISMO SI ALGUNA ALMA CARITATIVA GUSTA APORTAR LO QUE SEA PARA AYUDAR A MAS, SE LO AGRADECEREMOS NOSOTROS Y SOBRE TODO LA RAZA QUE HA HECHO EL ESFUERZO POR LLEGAR A CANCUN Y REQUIERE DE APOYO.

 

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL COMEDOR “MUP PALAS”.

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- El servicio comunitario de comedor se presta en el MUP-PALAS en la carpa designada para tal fin por la comisión de Logística, como prestación básica de apoyo a la realización de las actividades del FORO INTERNACIONAL ACERCA DE LA JUSTICIA CLIMATICA a realizarse del 5 al 10 de diciembre del 2010 en Cancún, Quintana Roo, México, siendo su objetivo apoyar las necesidades alimenticias de aquellas personas que presenten carencias o dificultades para costear sus gastos durante su estancia y participación en el FORO.

Artículo 2.- Podrán ser usuarios de este servicio comunitario las personas u organizaciones que cumplan o acrediten los siguientes requisitos, siempre que exista disponibilidad presupuestaria:

1. Registrarse ya sea directa o a través de los representantes de su organización, preferentemente en el formulario Web dispuesto para tal fin en la pagina https://cumbreclimaticacancun2010.blogspot.com/p/comedor-comunitario.html o bien a través de sus representantes de organización o los organismos que decidan apoyar la labor del comedor financiando los alimentos de sus integrantes o beneficiarios (en este acaso se debe proporcionar una lista de beneficiarios).

2. Participar en las actividades del FORO DE JUSTICIA CLIMATICA.

CAPÍTULO II. DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS

Artículo 3.- Los usuarios del comedor tendrán derecho a:

1. Disfrutar del desayuno, comida y cena en el lugar y horarios establecidos para tal fin.

2. Recibir una dieta adecuada, higiénica y saludable, así como un buen trato por parte de las voluntarias apoyadoras del Comedor Comunitario.
3. Derecho a un trato correcto por parte del personal y de los otros usuarios.

4. Derecho a manifestar las observaciones que consideren necesarias para el adecuado funcionamiento del servicio, mediante la oportuna reclamación por escrito a la coordinación del evento.


Artículo 4.- Los usuarios tendrán los siguientes deberes:

1. Abonar la cuota de recuperación establecida ya sea de manera directa o a través de su organización.

En este último caso, la Organización que aporte apoyos para su gente, deberá proporcionar al personal del comedor, una lista de quienes son los beneficiarios del apoyo alimentario.

2. No ocultar información sobre la situación personal que puede producir cambios en la prestación del servicio.

3. Cumplir rigurosamente los horarios con el objeto de evitar trastornos en el servicio.
4. Observar las normas más elementales de convivencia e higiene, evitando cualquier conducta que pudiera molestar a los demás.

5. Comprometerse a traer sus propios trastes y hacerse cargo del lavado y cuidado de los mismos. En caso de no traerlos, el personal del Comedor tendrá disponibles algunos juegos de trastes los cuales pondrá a disposición de quien los requiera mediante el pago del costo de los mismos.

CAPÍTULO III. GESTIÓN Y TRAMITACIÓN

Artículo 5.- Gestión. La gestión del servicio comunitario de comedor será responsabilidad del MOVIMIENTO URBANO POPULAR D E LA CND- QUINTANA ROO.

Artículo 6.-.Pérdida de la condición de usuario.

Podrá ser motivada por las siguientes causas:

1. Por falta y/o incumplimiento al presente reglamento.

2. Por indicaciones de la Coordinación General del FIJC.

 

Articulo 7.- Horarios.

El servicio de alimentos se servirá en un horario ESTRICTO, de la siguiente manera:

 

DESAYUNO:   8 A 9 AM.

COMIDA:         2 A 3 PM

CENA:               8 A 9 PM

 

EL DIA 7 DE DICIEMBRE, LOS HORARIOS DE ATENCION SE SUJETARAN A LOS HARARIOS DE LA GRAN MARCHA UNITARIA A CELEBRARSE ESE DIA.


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